Procedimiento para Solicitar una Boleta en Ausencia
Procedimiento para Solicitar
una Boleta en Ausencia
¿Quiénes Pueden Votar en Ausencia?
Si usted es un votante inscripto habilitado en el Condado de Hillsborough, puede votar por medio de una boleta en ausencia.
Procedimiento para Solicitar una Boleta en Ausencia
Se puede solicitar una boleta ausente para una elección en particular o para todas las elecciones del corriente año electoral. El pedido se puede realizar personalmente, por correo o fax (813-612-4199), o por teléfono al 813-612-4180. Usted puede además solicitar su boleta en ausencia en forma on-line haciendo clic aquí. Sólo el votante o un miembro designado de su familia más cercana, o un representante legal podrán solicitar una boleta ausente para el votante. Familia más cercana significa el cónyuge o padre, hijo, abuelo o hermano del votante, su esposa o su representante legal.
La solicitud del votante presentada por alguno de los métodos mencionados anteriormente, debe incluir la siguiente información:
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Nombre del votante
para el que se solicita la boleta.
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Domicilio del votante.
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Fecha de nacimiento
del votante.
- Firma del votante (sólo en pedidos por escrito).
Si el votante designa un familiar cercano o un representante legal para que solicite una boleta en ausencia en su nombre, el designado deberá brindar la información requerida arriba y la siguiente:
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Nombre del solicitante.
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Domicilio del solicitante
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De ser posible,
el número de la licencia de conducir del solicitante.
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Vínculo
del solicitante con el votante.
- Firma del solicitante (sólo en pedidos por escrito).
Obtención de Su Boleta en Ausencia
Las boletas ausentes se envian por correo a aquellos que lo hayan solicitado aproximadamente 30 días antes de cada elección. Las boletas ausentes no se podrán remitir nuevamente a otra dirección, es por eso que es tan importante que se brinde la dirección correcta a la oficina de elecciones.
La persona habilitada para votar en ausencia podrá designar por escrito a otra persona para que recoja en su nombre la boleta en ausencia. El designado podrá retirar la boleta el día de elecciones o hasta cuatro días antes de esa fecha. Sólo podrá retirar hasta dos (2) boletas en ausencia por elección, además de la suya, exceptuando las boletas que retire para los miembros de su familia. El designado debe mostrar una identificación con su foto, la autorización escrita del votante y completar una declaración jurada.
Si
usted ha recibido una boleta en ausencia pero desea emitir su voto en un centro de
votación anticipada o en su precinto el Día de Elecciones, debe llevar
la boleta en ausencia, marcada o no, al centro de votación. Si
no puede entregar dicha boleta, deberá emitir su voto mediante una boleta provisional.